El perdón provisional, I-601A, permite que ciertas personas cualifiquen para autorización de reingreso a los Estados Unidos, previo a salir del país, a pesar de haber vivido aquí ilegalmente por mas de seis meses. Normalmente, una persona con estadía ilegal de mas de seis meses incurre, al salir del país, en una veda de reingreso de tres años, o de diez años si la estadía ilegal es de mas de un año.
Tradicionalmente, unicamente aquellas personas cuyos cónyuges (esposos o esposas), o padres, son ciudadanos americanos, son elegibles para solicitar el perdón provisional. Sin embargo, el gobierno ha decidido ampliar, comenzando el día 29 de agosto de este año, 2016, la elegibilidad para el perdón provisional, el cual, desde esa fecha, estará disponible para aquellas personas cuyos cónyuges o padres sean residentes permanentes legales de los Estados Unidos, en adición a aquellos cuyos cónyuges o padres son ciudadanos americanos.
Quiere decir que, comenzando en la fecha anteriormente mencionada, todas aquellas personas que se vean obligadas a salir de los Estados Unidos para gestionar sus visas de inmigrantes (green card), serán elegibles para obtener, previo a su salida del país, el permiso provisional que les permitirá regresar, sin que les aplique la veda de tres o diez años, siempre y cuando sus cónyuges o padres sean ciudadanos americanos o residentes legales permanentes.
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